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Plan de Verificación del Registro de Transportes de Animales
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  • Sr. Consignatario
    Ref.: Plan de verificación del registro de transportes de animales – DNSA/SENASA

    Nos dirigimos a Usted a fin de poner en su conocimiento la entrada en vigencia del Plan deVerificación del Registro de Transportes de Animales, implementado por la Dirección deSanidad Animal (DNSA) del Servicio Nacional de Sanidad y Calidad Agroalimentaria(SENASA).
    El Plan abarcará el movimiento de bovinos, bubalinos, equinos, aves comerciales, porcinos, ovinos y caprinos, con destino a frigoríficos (consumo interno y exportación), remates ferias, invernada y/o reproducción.
    Los autogestores que tramiten la emisión del Documento de tránsito electrónico - DTe através del Sistema Integrado de Gestión de Sanidad Animal (SIGSA), deberán registrar el dominio del transporte que realizará el traslado de los animales.
    El sistema informará al autogestor el estado de habilitación del transporte ante el organismo sanitario (Senasa), bajo la condición: Habilitación Vigente. / HabilitaciónVencida. / No registra habilitación.
    La implementación del plan consta de dos etapas, iniciando la primera 21 junio 2023, en donde queda excluido todo vehículo cuyo dominio sea alcanzado por la condición “no registra habilitación”, por lo que al no encontrarse en la base de datos de Senasa el sistema no permitirá continuar con la emisión del DTe.
    En cambio, en el caso de que el estado del dominio sea informado como “vigente o vencido”, el sistema permitirá la emisión del documento de tránsito.
    A partir del 24 de julio 2023, fecha en la cual entra en vigencia la segunda etapa del programa, será de carácter obligatorio el requisito de consignar el/los dominios del transporte y su condición de habilitación vigente.
    El autogestor que desee emitir el DT-e, notificando el/los dominio/s del transporte que realizará/n el traslado de los animales, tendrá las siguientes restricciones:
     -El estado de la habilitación deberá ser vigente para continuar con la emisión del DT-e, para el caso de los animales destinados a frigoríficos habilitados para exportación a la Unión Europea de bovinos, bubalinos, aves, ovinos y equinos.
     El sistema permitirá continuar con la emisión del DT-e hasta concretar el embarque y traslado de la hacienda con cualquier otro destino excepto el mencionado en el punto anterior, siempre y cuando no indique que el vehículo “no registra habilitación”.
     En el caso de los vehículos que se encuentren con la condición “vencido”, tendrán 90 días para adecuarse a la normativa vigente, y contarán con una habilitación provisoria.
    La Dirección Nacional de Sanidad Animal se encuentra desarrollando una herramienta que permitirá que los autogestores también puedan verificar de forma ágil y sencilla el estado de habilitación del transporte que utilizarán para el traslado de sus animales.

    Más info en: https://www.argentina.gob.ar/noticias/inicia-el-plan-para-verificar-el-estado-de-habilitacion-de-medios-de-transportes-de

  • 2023-06-23

  • santamarina.com.ar